DERECHO LABORAL
Conjunto de leyes, normas, principios y acciones que regula las relaciones entre empleador y trabajador para obtener seguridad, justicia, satisfacción de necesidades y protección del trabajo, con el fin de garantizar los derechos de ambas partes y ser resguardado por el Estado.
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
ARTICULO 1. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Conjunto de leyes, normas, principios y acciones que regula las relaciones entre empleador y trabajador para obtener seguridad, justicia, satisfacción de necesidades y protección del trabajo, con el fin de garantizar los derechos de ambas partes y ser resguardado por el Estado.
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
ARTICULO 1. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Clasificación del Derecho Laboral
1. Derecho individual del trabajo
2. Derecho colectivo del trabajo
3. Derecho de la seguridad social
4. Derecho procesal laboral
5. Derecho laboral administrativo
6. Derecho laboral internacional
7. Derecho cooperativo y sociedades mutuales
Principios del derecho laboral colombiano7. Derecho cooperativo y sociedades mutuales
1. Finalidad: “Se refiere a la justicia en la relación de empleadores y trabajadores, al equilibrio social y la coordinación económica.”
2. Intervención del Estado: “Se da debido a que los intereses de las partes son contrarios, haciéndose necesaria la intervención de un tercero que en este caso es el Estado.”
3. Derecho al trabajo y libertad de trabajo: “Se fundamenta en el hecho de que el trabajo funciona como un derecho y una libertad (de escogencia y ejercicio) a la que tienen acceso todos los colombianos.”
4. Obligatoriedad: El trabajo es una obligación porque es la única forma de lograr bienestar y desarrollo.
5. Igualdad de los empleados: “Debe existir la igualdad entre hombres y mujeres, también entre el trabajo físico y el intelectual. (La excepción se da respecto a la edad).”
6. Derecho de asociación: “Toda persona tiene derecho de pertenecer o no a una asociación”. (Sindicatos)
7. Derecho a la huelga: “Es un arma de presión eficaz de los sindicatos para alcanzar sus pretensiones. Se prohíbe a quienes presten servicios públicos esenciales.”
8. Derecho a la seguridad social: “El empleador debe asegurarse de que el empleado tenga un régimen para su protección.”
Fuente: http://todolaboral.galeon.com/
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